La eliminación del IVA en alimentos se extiende a kioscos y minimercados

Publicado el 03/09/2019

Una de las últimas medidas implementadas por el Gobierno nacional para paliar el efecto del golpe inflacionario tras la corrida del dólar después de las PASO, fue la eliminación del IVA en una lista de 60 alimentos básicos que hasta ahora sólo se apreciaba en grandes cadenas de supermercados.

Sin embargo, a partir de este martes se incorporó a la rebaja del Impuesto al Valor Agregado a cero a monotributistas y autónomos, por lo que se verán beneficiados los kioscos y minimercados, y obviamente sus respectivos clientes.

Así lo determinó el presidente Mauricio Macri a través del Decreto 603/2019 publicado en el Boletín Oficial con su firma, la de su jefe de Gabinete, Marcos Peña, y la del ministro de Hacienda, Hernán Lacunza. La administración nacional decidió que se encuentren alcanzadas por una alícuota cero las ventas de los productos de la canasta básica alimentaria que realicen monotributistas y responsables inscriptos.

Esta medida será aplicada para quienes realicen venta al por menor en supermercados y minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).

También juega a favor de los kioscos, polirrubros y comercios no especializados; los que no tengan predominio de productos alimenticios y bebidas; y a aquellos que se dedican a la venta al por menor de productos lácteos.

La noticia es bien vista también por quienes realizan venta al por menor de productos de almacén y dietética; y comercialización al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza; como así también frutas, legumbres y hortalizas frescas.

Vale destacar que quedan exentos de pagar IVA aquellos que se dedican a vender pan y productos de panadería; productos alimenticios no clasificados previamente; alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados; entre otros.