La Corte falló a favor de las provincias ante el reclamo de la rebaja del IVA y Ganancias
Por mayoría, el tribunal hizo lugar a medidas cautelares de quince jurisdicciones para que no se afecten de manera inconsulta recursos coparticipables.
Finalmente, la Corte Suprema dictó una medida cautelar en contra del Estado Nacional y obligó al Gobierno a asumir las rebajas del IVA y el Impuesto a las Ganancias que anunció el presidente Mauricio Macri “sin afectar la coparticipación que corresponde a las provincias”. En total representa un gasto de 5.660 millones de pesos.
Así, los jueces Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti dieron lugar a un reclamo de la provincia de Entre Ríos y dictó la misma solución para el resto de los distritos que iniciaron demandas: Catamarca, Chubut, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.
Las provincias impugnaron los decretos 561/19 y 567/19 que firmó el Ejecutivo: el primero subió el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias de los trabajadores en relación de dependencia y alivió la carga impositiva para los autónomos; el segundo bajó a 0% la alícuota de IVA para alimentos de la canasta básica hasta el 31 de diciembre.
Ambos impuestos son coparticipables, por lo que una parte de lo que se recauda baja de manera automática a provincias y municipios.
Si bien, la medida cautelar no resuelve el reclamo de fondo (la inconstitucionalidad de los decretos) obliga al Estado a no reducir esa masa de recursos coparticipables hasta que se dicte una sentencia definitiva. Los tres magistrados que votaron en conjunto sostuvieron que demorar una medida precautoria hubiera implicado poner “en riesgo el normal funcionamiento de las instituciones provinciales y la atención de las necesidades básicas de la población”.
En tanto, Rosenkrantz consideró que, antes de otorgar la cautelar, Entre Ríos debía “precisar cuál sería el derecho o interés protegido por el ordenamiento jurídico en virtud del cual se considera legitimada para reclamar que se declare la inconstitucionalidad de los decretos cuestionados”.
La norma protege a las provincias de la afectación de recursos hasta que la misma Corte tome una decisión de fondo o se llegue a un acuerdo entre los distritos y la Nación.
Aún sigue en tratativas la constitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con el que el Gobierno congeló el precio de los combustibles. Tres provincias petroleras, Neuquén, Río Negro y La Pampa, recurrieron al tribunal. El DNU debe ser revisado en el Congreso.