El Gobierno promulgó la Ley Lucio: de qué se trata

Published On 03/05/2023

Además se aprobó la ley de Alcohol Cero en rutas nacionales, ambas publicadas en el Boletín Oficial que contó con las firmas de de Alberto Fernández, Agustín Rossi y Victoria Tolosa Paz.


El Gobierno promulgó, por medio del Decreto 253/2023 del Boletín Oficial, la Ley Lucio. Esta normativa fue impulsada tras el fallecimiento de Lucio Dupuy, el nene de cinco años asesinado por parte de su madre y la pareja.

Según lo informado en la publicación, la Ley Nº 27.709 sancionada en el Congreso contó con las firmas de Alberto Fernández, Agustín Rossi y Victoria Tolosa Paz, ministra de Desarrollo Social.

Esta nueva legislación tiene como objetivo primordial establecer capacitaciones continuas, permanentes y obligatorias en derechos de las niñas, niños y adolescentes para las «personas que se desempeñan en áreas y dependencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado Nacional, que forman parte corresponsable del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes».

En este punto, es importante recordar que se había impulsado un jury contra la jueza Ana Clara Pérez Ballester por no cumplir con los deberes del funcionario público, luego de su decisión de otorgarle la tenencia del nene de cinco años a la madre, autora material de su crimen.

En relación con esta situación, en el artículo Nº5 (apartado e) se informa que uno de los principios rectores de la ley es «la protección de los denunciantes en los casos de posible vulneración de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a través de las autoridades administrativas o judiciales de protección de derechos que intervenga cuando se solicite de manera fundada, procurándose la reserva de identidad del denunciante y la protección de su integridad».

Ley de Alcohol Cero en rutas nacionales

Durante la misma jornada se aprobó la Ley de Alcohol Cero en rutas nacionales. La prohibición de conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre abarca para todo el país.

La Ley de Tránsito (27.714) reglamentada modifica uno de los artículos de la anterior (Ley 24.449) donde se establecía una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5) de alcohol por litro de sangre para autos.

Con respecto a las motos y ciclomotores era de 200 miligramos (0,2) y para transporte de pasajeros de menores y de carga, alcohol cero.

«Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Asimismo, queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario», indica el escrito.

El siguiente paso que buscan aprobar es que la normativa de Alcohol Cero alcance los caminos provinciales en aquellas jurisdicciones donde todavía no hay leyes similares.

Fuente: Noticias Argentinas