Los porteros rechazan la aplicación de la Ley de Reforma Laboral
El secretario general del sindicato, Víctor Santa María, fijó posición sobre la reglamentación de la nueva normativa aprobada en el Congreso
Según expresó en una columna de opinión Víctor Santa María, secretario general del sindicato del sector, el colectivo de porteros considera que “sus derechos no surgen de una norma reciente ni dependen de coyunturas políticas”, sino que se fundamentan en décadas de organización y en un entramado normativo que permanece vigente más allá de las reformas.
En palabras de Santa María, “la protección legal de los trabajadores de edificios encuentra su raíz en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional”. Allí se establecen garantías como el trabajo digno, el salario justo, la organización sindical y la protección frente al despido arbitrario. El dirigente afirma que “ningún marco legal puede vulnerar este piso constitucional sin chocar con los límites del propio orden jurídico argentino”.
Un aspecto central que destacan los representantes del sector es la especificidad de la relación laboral en los edificios. El consorcio de propietarios actúa como verdadero empleador, mientras que el administrador cumple funciones de representación, pero no asume la responsabilidad principal. Esta estructura, según explicó Santa María, permite delimitar con claridad quién debe responder ante los trabajadores y evita la dispersión de obligaciones.
El colectivo cuenta con un Estatuto y un Convenio Colectivo de Trabajo que detallan categorías, funciones, adicionales y condiciones laborales propias de la actividad. De acuerdo con lo expuesto por Santa María, estas normas específicas determinan los derechos y obligaciones del sector, y la Ley de Contrato de Trabajo solo se aplica de manera supletoria en los aspectos no regulados en los acuerdos sectoriales.
El dirigente sindical advirtió sobre los riesgos de interpretaciones ambiguas y la posibilidad de que surjan zonas grises en la implementación de la reforma. “La promoción de figuras independientes, la fragmentación de tareas o la tercerización encubierta no son hipótesis teóricas: son prácticas que ya conocemos”, señaló.
La respuesta del sector se apoya en la organización y la acción colectiva. El dirigente sostuvo que la vigencia de los derechos no depende únicamente de su inclusión en la ley, sino de la capacidad de los trabajadores para hacerlos valer en la vida cotidiana de cada edificio. Las paritarias anuales, la negociación colectiva centralizada y la presencia sindical en los lugares de trabajo constituyen, según sus palabras, el entramado real que sostiene la protección laboral.
Frente a los intentos de modificar el régimen laboral, Santa María remarcó que los derechos laborales no representan un obstáculo para el desarrollo, sino una condición indispensable para el equilibrio social y la estabilidad. “Cuando se debilitan esas garantías, lo que se pone en juego no es solo el ingreso de un trabajador o trabajadora. Es la calidad de vida colectiva, es el tejido social, es la idea misma de comunidad”, afirmó el referente sindical
En ese marco, el sindicato convocó a sostener la defensa de los derechos a partir de la memoria de lo construido y la convicción en la acción colectiva. La organización reiteró que ninguna reforma puede desconocer lo que un colectivo organizado ha decidido defender y que, pese a los cambios legales, la dignidad de los trabajadores se mantiene como principio central de la actividad.




