Reducen a la mitad el espacio dedicado a propaganda electoral en radio y TV

Publicado el 21/06/2019

La decidió el Gobierno a través de un decreto que fue publicado este viernes en el Boletín Oficial.


A horas del cierre de listas de candidatos que competirán en las PASO del 11 de agosto, el Gobierno nacional redujo a la mitad el tiempo gratuito de publicidad del que disponen los partidos políticos en medios radio y televisión. La norma se instrumentó a partir del 429/19, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial.

Desde el Poder Ejecutivo indicaron que los servicios de comunicación audiovisual y señales que cuenten con una programación igual o mayor a doce horas deberán destinar 5% del tiempo mencionado “para la difusión de mensajes de campaña electoral en servicios de comunicación audiovisual para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y las elecciones nacionales”.

Esta nueva disposición reemplaza el artículo 2 del decreto 1142/15, que determinaba que el tiempo cedido debía ser del 10%. Además, el decreto especifica que la campaña electoral en los servicios de comunicación audiovisual “comenzará DIEZ (10) días antes de la fecha de los comicios y finalizará CUARENTA Y OCHO (48) horas antes del inicio de los comicios”.

Se detalla también cómo se distribuirá el tiempo publicitario entre todas las agrupaciones políticas, divididas a su vez por categoría de cargos a elegir.

Elecciones presidenciales

a) Para la campaña de Presidente y Vicepresidente de la Nación el CINCUENTA POR CIENTO (50%);

b) Para la campaña de Senadores Nacionales el VEINTICINCO POR CIENTO (25%);

c) Para la campaña de Diputados Nacionales el VEINTICINCO POR CIENTO (25%).

En aquellos distritos en que no se elija la categoría de Senadores Nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales a las categorías enunciadas en los incisos a) y c) del presente apartado.

Elecciones legislativas (No aplica en este caso)

a) Para la campaña de Senadores Nacionales el CINCUENTA POR CIENTO (50%);

b) Para la campaña de Diputados Nacionales el CINCUENTA POR CIENTO (50%).

En aquellos distritos en que no se elija la categoría Senadores Nacionales, la totalidad de los espacios se asignarán a la categoría Diputados Nacionales.

En el caso en que uno o más distritos celebren elecciones provinciales en forma simultánea con las elecciones nacionales, las proporciones de distribución del tiempo cedido por los servicios de comunicación audiovisual y señales serán las siguientes:

Elecciones presidenciales, cuando coincidan con elecciones a gobernador y legislativas provinciales

a) Para la campaña de Presidente y Vicepresidente de la Nación el CUARENTA POR CIENTO (40%);

b) Para la campaña de Senadores Nacionales el QUINCE POR CIENTO (15%);

c) Para la campaña de Diputados Nacionales el QUINCE POR CIENTO (15%);

d) Para la campaña de Gobernador y Vicegobernador el VEINTE POR CIENTO (20%);

e) Para la campaña de Legisladores Provinciales el DIEZ POR CIENTO (10%).

En aquellos distritos en que no se elija la categoría Senadores Nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales a las categorías indicadas en los incisos a), c), d) y e) del presente apartado.

Elecciones legislativas, cuando coincidan con legislativas nacionales

a) Para la campaña de Senadores Nacionales el CUARENTA POR CIENTO (40%);

b) Para la campaña de Diputados Nacionales el CUARENTA POR CIENTO (40%);

c) Para la campaña de Legisladores Provinciales el VEINTE POR CIENTO (20%).

Vale destacar que el decreto establece que en aquellos distritos en que no se elija la categoría Senadores Nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales a las categorías que se indican en los incisos b) y c) del presente apartado.

En un eventual balotaje, la distribución de los tiempos de publicidad serán los mismos que fueran incluidos en los listados definitivos del ENACOM en los comicios generales.