La Corte dio marcha atrás con el 2×1 para los represores
Sorpresivamente, la Corte Suprema dio marcha atrás por primera vez con la aplicación del beneficio del cómputo del 2×1 para los represores, que el propio tribunal había concedido en otro caso el 3 de mayo del 2017.
La sentencia por la que había habilitado el beneficio para un condenado por delitos de lesa humanidad generó reacciones del Congreso, que emitió una ley aclaratoria, y de organismos de derechos humanos.
La ley sancionada tras el polémico fallo inicial y los cuestionamientos de la sociedad, establecía que la reducción del tiempo en prisión con aquel cálculo no se podía aplicar a delitos de lesa humanidad, delitos de genocidio o crímenes de guerra. A partir de ese escenario, el Tribunal informó en un comunicado que resolvería otros reclamos sobre el mismo tema a la luz de la norma modificada.
Esta nueva decisión fue firmada este martes y sólo tiene tres renglones. Se rechaza “por “inadmisible” de un recurso que había presentado Jorge Humberto Appiani, un ex militar y abogado condenado a 18 años de prisión en la megacausa Area Paraná por secuestros y torturas de 27 víctimas.
El fallo del año pasado había sido firmado por Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz -Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda votaron en disidencia- y desencadenó un fuerte rechazo, con movilizaciones en todo el país.
El nuevo fallo de esta semana no exhibe fundamentos porque se basa en una fórmula llamada “280”, un artículo del Código Procesal Civil que permite rechazar un planteo sin dar argumentos. En esta ocasión firmaron los jueces Lorenzetti, Maqueda y Rosatti. Highton de Nolasco y Rosenkrantz no pusieron su firma ni votaron en disidencia.