EEUU publicó el Acuerdo Fiscal con Argentina: los datos llegarán en 2024

Published On 04/01/2023

El Tesoro estadounidense publicó en su sitio oficial el acuerdo de intercambio de información tributaria que rige desde el 1° de enero de 2023.


El Tesoro de Estados Unidos publicó en su sitio oficial el entendimiento que la administración de Joe Biden tuvo con la Argentina en el acuerdo de intercambio de información tributaria que ya rige desde el 1° de enero de 2023.

Sin embargo, en el mismo se aclara que recién en septiembre de 2024 se realizará el envío automático de datos de cuentas de argentinos en aquel país. A su vez el Gobierno busca aprobar un blanqueo de capitales en sesiones extraordinarias en el Congreso.

En el convenio se estableció que “la información de este acuerdo se intercambiará a más tardar nueve meses después del final del año calendario al que se refiere la información o el próximo 30 de septiembre después de que entre en vigor la obligación de la Parte de intercambiar información conforme al Artículo 2″.

El acuerdo firmado por el ministro de Economía, Sergio Massa, el embajador de Estados Unidos en Argentina, Marc Stanley, y el jefe de la AFIP, Carlos Castagneto, se dice que los datos que aplican son de las cuentas individuales, de sociedades integradas por argentinos y de ciudadanos argentinos integrantes de sociedades en el país norteamericano.

¿Cómo será el mecanismo por el cual AFIP obtendrá la información tributaria de ciudadanos estadounidenses en la Argentina?

La Administración Federal de Ingresos Públicos estableció que una vez por año las entidades financieras deberán remitir información fiscal de personas estadounidenses que posean cuentas en nuestro país. Los bancos tendrán que realizar este proceso una vez por año: la identificación del titular de la cuenta, el saldo o valor de la misma al finalizar el año calendario o al momento inmediatamente anterior, si fue cerrada, y los intereses o dividendos obtenidos con esas inversiones.

La información deberá ser remitida hasta el 30 de junio del año siguiente al que corresponde el reporte, así, el organismo comandado por Catgneto podrá enviar la información al Internal Revenue Service (IRS) tal y cómo se acordó, es decir, máximo hasta el 30 de septiembre de cada año.

Los datos que Estados Unidos deberá remitir son: Identificación del titular de cuenta; Número de cuenta; Identificación de la entidad financiera; Monto bruto de intereses o dividendos pagados en la cuenta; Monto bruto de otras fuentes de ingresos de origen americano acreditados en la cuenta. A su vez en la nota debe dar cuenta del cumplimiento de los estándares de seguridad de la información y de la infraestructura para el intercambio automático.